Contenidos de los portales de transparencia



Según se establece en la normativa estatal, los portales de transparencia de administraciones públicas deben contener:

  • La información organizativa de la institución.
  • Las funciones que se desarrollan en los organismos dependientes de la Administración.
  • La normativa de aplicación en su ámbito. 
  • La estructura y composición: organigrama con identificación de los responsables de las unidades, su perfil y trayectoria profesional.
  • Los planes y programas anuales (en caso de que los tuviera), objetivos, grado de cumplimiento y resultados.
  • La información de relevancia jurídica relacionada con la institución. 
  • Las directrices, instrucciones, acuerdos, circulares, respuestas a consultas, etc. que produzcan efectos jurídicos.
  • Los anteproyectos de leyes, de decretos legislativos o de reglamentos.
  • Las memorias e informes incluidos en los expedientes de elaboración de textos normativos.
  • Los documentos que deban ser sometidos a información pública.
  • La información de contenido económico, incluyendo contratos, convenios, retribuciones de altos cargos, subvenciones y ayudas públicas, así como presupuestos y cuentas anuales.
  • Las resoluciones de la Oficina de Conflicto de Intereses que afectan a empleados públicos y altos cargos.
  • La información estadística de grado de cumplimiento de los servicios públicos.
  • Los bienes inmuebles de propiedad de la Administración.

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