Contenidos de los portales de transparencia
Según se establece en la normativa estatal, los portales de transparencia de administraciones públicas deben contener:
- La información organizativa de la institución.
- Las funciones que se desarrollan en los organismos dependientes de la Administración.
- La normativa de aplicación en su ámbito.
- La estructura y composición: organigrama con identificación de los responsables de las unidades, su perfil y trayectoria profesional.
- Los planes y programas anuales (en caso de que los tuviera), objetivos, grado de cumplimiento y resultados.
- La información de relevancia jurídica relacionada con la institución.
- Las directrices, instrucciones, acuerdos, circulares, respuestas a consultas, etc. que produzcan efectos jurídicos.
- Los anteproyectos de leyes, de decretos legislativos o de reglamentos.
- Las memorias e informes incluidos en los expedientes de elaboración de textos normativos.
- Los documentos que deban ser sometidos a información pública.
- La información de contenido económico, incluyendo contratos, convenios, retribuciones de altos cargos, subvenciones y ayudas públicas, así como presupuestos y cuentas anuales.
- Las resoluciones de la Oficina de Conflicto de Intereses que afectan a empleados públicos y altos cargos.
- La información estadística de grado de cumplimiento de los servicios públicos.
- Los bienes inmuebles de propiedad de la Administración.
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